Maru Campos a FGR: no tiene facultades para citar a una gobernadora; es “hostigamiento penal”.

news

Reportero A7 | 27 de Mayo de 2026 a las 17:13

Ciudad de México. -Si bien la gobernadora de Chihuahua, Maru Campos acudió al citatorio de la FGR para declarar sobre la presencia de agentes de la CIA en un operativo en esa entidad, no compareció y en cambio recalcó al Ministerio Público Julio César James Carmona que no tiene facultades para someter a una mandataria estatal en funciones a actos de investigación mientras cuente con la inmunidad constitucional pues incurre en actos de hostigamiento procesal o penal contra su persona.

“No comparezco para rendir entrevista en calidad de testigo ni para sujetarme a acto de investigación alguno. Acudo para responder a un oficio que contiene un citatorio ambiguo, internamente incongruente y carente de la debida fundamentación y motivación”, estableció

A través de un oficio, que entregó de manera personal en las instalaciones de la FGR en la ciudad de México, con copia a su titular, Ernestina Godoy, la mandataria chihuahuense dejó en claro que un testigo no está obligado a declarar sobre hechos por los que se le pueda fincar responsabilidad penal como prefigura este citatorio de manera confusa.

Esta “confusión” en la que incurre este citatorio --que invoca a la vez el régimen del testigo y el del imputado pero e omite precisar su objeto--, coloca a la compareciente en riesgo de una diligencia materialmente preimputativa, encubierta bajo la fórmula de una entrevista, agrega

El oficio número . 057-2026 DESP. GOB. CHIH, califica el citatorio de la FGR como “jurídicamente irregular” pues solicita su presencia “con la finalidad de recabar una entrevista en calidad de testigo.

Sin embrago—recalca—no precisa el objeto de la diligencia, omite los hechos concretos sobre los que pretende realizar la entrevista, la información específica que estima necesaria y si lo que busca es información institucional del Poder Ejecutivo del Estado, documentación pública, datos de contexto o, por el contrario, conductas atribuibles a su persona.

“La incongruencia se advierte en la fundamentación del acto ministerial. Por una parte, se me cita como testigo. Por otra parte, se invocan preceptos propios del imputado, como los relativos al derecho de defensa”, insistió

COLABORACIÓN

Maru Campos aclaró que su intención no es obstaculizar la investigación pero le recomendó que si busca cooperación institucional, las solicite por la vía legalmente correspondiente

“Reitero la disposición política e institucional del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua para aportar la información, la documentación y el auxilio que esta Representación Social estime necesarios. Pero esa disposición debe canalizarse mediante el mecanismo que su propio oficio invoca: la colaboración, el apoyo y el intercambio de información entre autoridades, conforme al Código Nacional y a la Ley Orgánica de la FGR”, explicó

Esto—agregó-- es lo que jurídicamente corresponde, si lo que pretende el Ministerio Público es obtener información por parte del Gobierno del Estado.

INFORMACIÓN: crónica.com




Noticias Destacadas

Celayenses para el mundo

Celaya;Gto.-Con el respaldo del Gobierno Municipal, a través del programa de Movilidad Estudiantil Nacional e Internacional de Concursos y Viajes A...

Últimas noticias

¿Quieres ver mas noticias? búscalas en nuestro sitio: