Aprueban Ley seca por fiestas patrias
Arlett Cárdenas | 12 de Septiembre de 2022 a las 12:27
Celaya, Gto.- Celaya aplicará la ley seca para la venta de alcohol, toda vez que el 16 de septiembre se llevará a cabo el desfile.
Esta disposición permitirá que el 15 los establecimientos cierren hasta el horario que legalmente tienen permitido, pero sólo podrán abrir a partir de las 13 horas, informó el Secretario del Ayuntamiento, Jorge Gámez Campos.
“Tendremos este jueves 15 y viernes 16 festividades respecto de las fiestas patrias y en ese sentido habrá disposición de ley seca. El día 15 de septiembre los establecimientos podrán cerrar hasta el horario que tienen permitido normalmente y el viernes 16 estará prohibida la venta de bebidas alcohólicas hasta las 13 horas”.
El Secretario dijo que no hubo ningún permiso de extensión de horarios, por lo que ese día sólo estará vigente el horario normal de apertura.
“Se estará notificando, es una información que se acaba de generar, se estará publicando la circular de Ley Seca, y se estará notificando a través de las dependencias correspondientes”.
Resaltó que a partir de las 13 horas del 16 los negocios ya tendrán permiso nuevamente para la venta de alcohol.
De acuerdo al artículo 37 del Reglamento para el funcionamiento de establecimientos con venta de bebidas alcohólicas y eventos públicos de Celaya los establecimientos que cuenten con licencias de venta de alcohol están obligados a sujetarse a los días y horarios siguientes:
I. Las cantinas y bares, tendrán horarios de las 10:00 a las 23:59 horas, los días lunes a sábado y los domingos de 10:00 a 15:00 horas;
II. Los centros nocturnos y discotecas con venta y consumo de bebidas alcohólicas en el local, tendrán horario de las 21:00 a las 03:00 horas del día siguiente, de lunes a sábado, el domingo deberán permanecer cerrados;
III. Los salones de fiestas con venta de bebidas alcohólicas, de las 14:00 a las 03:00 horas del día siguiente;
IV. Los restaurant-bar, de las 10:00 a las 01:00 horas del día siguiente de lunes a sábado y de las 10:00 a las 22:00 horas los domingos; excepto en servicios de banquetes, se atenderá al horario que señale la Comisión, en el permiso que otorgue;
V. Servicios de preparación de alimentos y bebidas alcohólicas consistentes en expendios de bebidas alcohólicas al copeo con alimentos y bebidas de bajo contenido alcohólico con alimentos, de las 10:00 a las 23:59 horas y de las 10:00 a las 22:00 horas los domingos;
VI. Expendios de alcohol potable en botella cerrada, de las 09:00 a las 21:00 horas de lunes a sábado, los domingos y los días de descanso obligatorio señalados por la Ley Federal del Trabajo, no venderán bebidas alcohólicas;
VII. Los almacenes, distribuidoras, vinícolas, depósitos y expendios de bebidas de bajo contenido alcohólico en envase cerrado, de las 09:00 a las 23:59 horas, los días lunes a sábado y de las 09:00 a 17:00 horas, los días domingo, los días de descanso obligatorio en los términos de la Ley Federal del Trabajo, permanecerán cerrados.
VIII. Las tiendas de autoservicio, abarrotes y similares, podrán tener horarios de las 06:00 a las 23:59 horas, los días lunes a sábado y de las 06:00 a las 17:00 horas, los días domingo, pero no podrán expender la venta de bebidas alcohólicas antes de las 09:00 AM.
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